Los requisitos son exagerados
Compartimos las razones por las cuales se han dispuesto regímenes de planes de pago en orden nacional (RG 3756 de AFIP) y provincial (Res. ME N°12), a través de los cuales se posibilita la regularización voluntaria por parte de los contribuyentes y responsables de sus obligaciones, pero entendemos que es importante alertar a los contribuyentes de las cuestiones negativas que desde el CGCET observamos.
Motivos de Caducidad.
Los planes establecen que se producirá la caducidad ante la falta de cancelación de 1 cuota a los 30 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento o ante el incumplimiento en el pago o en la presentación de las declaraciones juradas correspondientes a las obligaciones con vencimientos posteriores al 28 de febrero de 2015 en el plan de AFIP y 02 de febrero de 2015 para la provincia.
Hemos solicitado a nuestras autoridades que se contemple al menos la mora de 2 cuotas para cancelar los planes e igual criterio con la condición de cumplimiento de obligaciones posteriores, teniendo en cuenta los problemas que se producen con las crisis económicas a lo largo del régimen (120 meses en el caso de AFIP y 30 meses en el orden provincial). Cualquier contribuyente que tenga dificultades financieras a lo largo del plan será castigado con la pérdida de la financiación fiscal y se le exigirá el pago de la deuda de contado.
Tampoco tienen prevista la posibilidad de abonar los honorarios de los profesionales de AFIP y de la DGR y de las costas judiciales en el marco de esta regularización.
El mantenimiento de la cantidad de empleados.
El plan de pagos de la AFIP establece como condición adicional para el caso de empleadores, el mantenimiento de una determinada cantidad de empleados al momento de adhesión al plan como así también durante el mismo. La cantidad de empleados del mes diciembre de 2014 deberá mantenerse durante todo el período de cumplimiento del plan. Compartimos los objetivos de trabajar en mantener la cantidad de empleos de nuestra economía nacional, pero entendemos que deberían contemplarse casos especiales como actividades estacionales, renuncia de trabajadores, dificultades económico financieras por las cuales no lleguen a poder cumplir con este requisito a lo largo del plan.
Otro problema se presenta para quienes no tienen declarado su domicilio fiscal.
Todas estas inquietudes sintetizan los pedidos que se han formulado tanto a nivel nacional como provincial. Desde la profesión contable estamos a la espera de las respuestas de nuestras autoridades.
Fuente: CGCET