Importantes cambios impositivos a partir de la reglamentación de la nueva norma para el sector
Eliminan el impuesto a la ganancia mínima presunta y otorgan otros beneficios
El Colegio de Graduados en Ciencias Económicas destacó las medidas de la AFIP que contemplan importantes cambios impositivos destinados a pequeñas y medianas empresas (PyMEs) con la publicación en el Boletín Oficial de las resoluciones generales 3945 y 3946.
Con la reglamentación del capítulo impositivo, en particular en lo referente a los próximos pagos de los saldos netos de IVA a partir de la facturación desde el 19 de octubre, así como el uso del 100% o 50% del Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios, a cuenta de Ganancias, empezará a hacer plenamente efectiva la nueva Ley Pyme 27.264.
Según las resoluciones de la AFIP, estos son los aspectos salientes que aliviarán las finanzas de este segmento de la actividad económica. El acceso a los beneficios se dará registrándose en la página web de AFIP www.afip.gob.ar/pymes
El alivio fiscal para pequeñas y medianas empresas se dará a través de:
- Eliminación del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.
- Compensación del Impuesto a Créditos y Débitos Bancarios como pago a cuenta de Ganancias: 100% para micro y pequeñas empresas, y 50% para medianas tramo 1 industriales (Resolución General AFIP 3946).
- Diferimiento del pago del IVA a 90 días para micro y pequeñas empresas (Resolución General AFIP 3945). La nueva norma contempla por otra parte incetivos a las inversiones, a través de la desgravación del Impuesto a las Ganancias, hasta el 10% de las inversiones realizadas y la Devolución de IVA de las inversiones a través de un Bono de crédito fiscal para el pago de impuestos.
Reducen retenciones
Es importante destacar también las menores retenciones por cuanto se elevaron los umbrales de retención de IVA, en 135%, y de percepción de Ganancias, en 400 por ciento.
Para las micro empresas se otorgan certificados de no retención de IVA automático.
En cuanto a los mayores beneficios crediticios hay que destacar que se amplió el cupo prestable de la Línea de Créditos de Inversión Productiva. Por otra parte, a través del Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE), se lanzó la línea Primer Crédito PyME. Finalmente, la norma legal contempla mejoras para exportadores, a partir de la extensión de 180 a 365 días del plazo para el ingreso de divisas.
La estabilidad fiscal
El Régimen de Fomento para las micro, pequeñas y medianas empresas, siempre será bien recibido, pero es importante tener la respuesta a la incertidumbre que se generará con la estabilidad fiscal si una provincia no adhiere y más grave aún, es qué pasa si un Municipio de una Provincia no adhiere.
Sin embargo, consideramos positivo el aporte que hace la ley en lo referente al resto de las medidas, como ser la creación de un bono de crédito fiscal equivalente a un porcentaje del importe de las inversiones en bienes de capital y obras de infraestructura que realicen.
Conversión del crédito
Se contempla asimismo la posibilidad de solicitar la conversión del crédito fiscal originado en inversiones productivas; la ampliación del alcance del Fondo de Garantías para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FOGAPYME), como así también el universo de sujetos que pueden acceder al régimen de bonificación de tasas de interés para créditos financieros; que se permita a las Sociedades de Responsabilidad Limitada la posibilidad de emitir obligaciones negociables, y a las entidades de seguro, invertir en las mismas; y las medidas que propician la negociación de pagarés (casi en desuso) en los mercados de valores. Habrá que monitorearlas y ver su evolución.”
Fuente: La Página del Colegio en La Gaceta.-