Información de AFIP:
“Informamos que las Declaraciones Juradas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales cuyos vencimientos operan los días 10/08 y 11/08, se considerarán cumplidas en término si se efectúan hasta el 12/08, inclusive. También alcanza a los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social así como a la información nominativa de retenciones y percepciones. Las obligaciones previstas para 10/08 y 11/08, se considerarán cumplidas en término si se efectúan hasta el 12/08, inclusive”
Informamos que las Declaraciones Juradas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales cuyos vencimientos operan los días 10/08 y 11/08, se considerarán cumplidas en término si se efectúan hasta el 12/08, inclusive pic.twitter.com/xf8gl1bEwp
— AFIPComunica (@AFIPcomunica) August 11, 2020
También alcanza a los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social así como a la información nominativa de retenciones y percepciones. Las obligaciones previstas para 10/08 y 11/08, se considerarán cumplidas en término si se efectúan hasta el 12/08, inclusive
— AFIPComunica (@AFIPcomunica) August 11, 2020