Adicionalmente, AFIP dispuso un plazo adicional excepcional de 90 días corridos, que se suman a los 180 existentes, para aquellos contribuyentes que deban informar la reorganización de sociedades, fondos de comercio, empresas o explotaciones.
Atento a las medidas dispuestas para prevenir la propagación del coronavirus, la Resolución General 4700 extiende el plazo con el que cuentan las empresas para cumplir con el reporte de operaciones como fusiones, divisiones, o ventas y transferencias.
De acuerdo a lo informado, ambas resoluciones se publicarán próximamente en el Boletín Oficial.