La Resolución General 5126, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la AFIP habilita la utilización del servicio “web” denominado “Presentaciones Digitales”, de modo permanente para la realización de los trámites, gestiones y/o comunicaciones electrónicas previstas en las normas específicas correspondientes.
La decisión permite avanzar con el proceso de despapelización acelerado con la irrupción de la pandemia del COVID-19.
A lo largo de los dos últimos años, el organismo profundizó la digitalización de los procesos para llegar a que en la actualidad existan más de 90 trámites a través del canal de Presentaciones Digitales.
El servicio de Presentaciones Digitales ofrece la posibilidad de iniciar un nuevo trámite, completar la información de uno anterior, visualizar en qué estado se encuentra, cancelarlo o guardar una copia de respaldo, entre otras opciones. La norma de la AFIP especifica que la obligatoriedad del uso de este canal digital será progresiva.
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