15 ABR 2015 Representantes de la FACPCE y AFIP se reunieron para analizar el funcionamiento de la v16 del aplicativo Ganancias y Bienes Personales, y las dificultades que presenta, encontrándose en conjunto las soluciones para su operatividad.
Del encuentro participaron el Dr. Ramón Vicente Nicastro, presidente de FACPCE y el Sr. Subdirector General de Recaudación de la AFIP, Dr. José Bianchi.
Las soluciones halladas fueron incluidas por la AFIP en “ABC – Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas”.
Evento 3716 – Inconvenientes sistémicos al momento de determinar los impuestos a las Ganancias y/o Bienes Personales con el programa aplicativo unificado Versión 16.
Si para los períodos fiscales 2012 y anteriores se verificaran inconvenientes sistémicos para determinar los impuestos a las Ganancias y/o Bienes Personales con el programa aplicativo unificado Versión 16 se podrá, transitoriamente y solo para dichos períodos, determinar y presentar las declaraciones juradas mediante la Versión 15 o 14.3 del citado programa.
Evento 3310 – ¿Cómo se deben de confeccionar las declaraciones juradas del Impuesto a las ganancias y/o sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2007 y siguientes?
Las personas físicas y sucesiones indivisas deberán utilizar para determinar e ingresar los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2007 y siguientes, el programa aplicativo unificado denominado “GANANCIAS PERSONAS FISICAS – BIENES PERSONALES Versión 16“.
Los formularios de declaración jurada F. 711 (Nuevo Modelo) y F. 762/A, correspondientes a los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, respectivamente, generados por el citado aplicativo unificado, se presentarán a través del servicio con clave fiscal “Presentación de DDJJ y Pagos” a través del sitio web del Organismo (www.afip.gob.ar).
Asimismo, las declaraciones juradas podrán presentarse por transferencia electrónica de datos, a través de las entidades homologadas a tales fines, ingresando a la página web de la entidad de que se trate con el nombre de usuario y la clave de seguridad, otorgados por la misma.
El listado de entidades homologadas se podrá consultar en el sitio web de la Administración Federal, accediendo a (http://www.afip.gob.ar/genericos/presentacionElectronicaDDJJ)
Evento 3309 – ¿Cómo se deben de confeccionar las declaraciones juradas del Impuesto a las ganancias y/o sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2006 y anteriores?
Para confeccionar las declaraciones juradas -originarias y, en su caso, rectificativas- de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales, del período fiscal 2006 y anteriores, deberán utilizar los programas aplicativos indicados en el Artículo 8° de la RG 2218/07 (“GANANCIAS PERSONAS FISICAS – Versión 7.1″ y/o “BIENES PERSONALES – Versión 6.0″, según corresponda), que se encuentran disponibles en el sitio “web” institucional (http://www.afip.gob.ar).
La comunicación de la FACPCE a los Consejos: