Desde hoy los contribuyentes argentinos con cuentas financieras y bienes no declarados en los Estados Unidos deberán comenzar a preocuparse. Es que entra en vigor el acuerdo de intercambio de información tributaria entre los Estados Unidos y la Argentina, que abarca a bancos, financieras y sociedades.
La información que se intercambiará a requerimiento y espontánea con este acuerdo es la que está en poder de bancos, otras instituciones financieras y otros agentes o fiduciarios; sobre la titularidad de compañías (también en el caso de que haya varios “eslabones” de compañías), fideicomisos (respecto de todos los participantes, fiduciantes, fiduciarios y beneficiarios) y fundaciones (datos sobre los fundadores, miembros del comité ejecutivo y beneficiarios). Se excluye información sobre compañías que cotizan en Bolsa.
Así lo indicaron a LA NACION fuentes de ambos gobiernos, que precisaron que el tratado le permitirá a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) acceder a la información no declarada que esté en manos del Internal Revenue Service (IRS), y viceversa.
Aunque el acuerdo entra en vigor ahora, rige a partir del período 2018 y la AFIP podrá pedir información a partir de 2019. El acuerdo se negoció entre el gobierno argentino -a través de la AFIP, que dirige Alberto Abad, y el entonces Ministerio de Economía que conducía Alfonso Prat-Gay- y la administración demócrata de Barack Obama, pero el gobierno de Donald Trump ratificó su intención de concretarlo. Muchos analistas financieros locales habían manifestado su escepticismo sobre la voluntad de la administración republicana en este sentido.
Mientras tanto, se sigue negociando para una etapa posterior la posibilidad de que el intercambio sea en forma automática. Al respecto, el IRS está chequeando cuestiones básicas de seguridad informática de la AFIP, en el marco de la ley Foreign Account Tax Compliance Act (Fatca), dictada por el Congreso norteamericano.
Los tributaristas Diego Fraga, Iván Sasovsky y César Litvin destacaron a LA NACION la importancia de este acuerdo, y advirtieron que cerrará el cerco sobre los bienes ocultos de argentinos en ese país. Además opinaron que el acuerdo abarca cuentas y bienes anteriores a 2018, y que por lo tanto no ingresaron al blanqueo; la interpretación de la AFIP es diferente.
Diego Fraga destacó que “hasta el momento no existía ese tipo de relación tributaria entre los dos países, pues Estados Unidos suele ser bastante reacio a compartir información sensible”.
“La anterior administración [por el gobierno de Cristina Kirchner] siempre quiso avanzar en este sentido, pero la respuesta de Estados Unidos fue evasiva, ya que se ofrecía firmar un acuerdo en el que sólo la Argentina debía obligarse a enviar datos a Estados Unidos, o directamente negativa, por algunos delicados antecedentes del uso con fines políticos de datos enviados por otras agencias, como el Fincen, que combate el lavado de dinero”, recordó.
Litvin indicó que “el primer intercambio se producirá en el ejercicio 2019, una vez cerrado el primer período completo, aunque podrá retrotraerse la información a 2018”.
“Una vez vigente y con efectos concretos, en una primera etapa el intercambio será efectivo con el modelo tradicional a requerimiento; eso significa la necesidad de cumplir con la identificación del contribuyente, la entidad en la que se presume la existencia de una cuenta y el motivo y justificación del pedido. En una segunda etapa se prevé acordar un intercambio automático y otro espontáneo, así como también la posibilidad de realizar fiscalizaciones en el territorio norteamericano con apertura de registros y datos de contribuyentes argentinos”, explicó el especialista.
Litvin dijo que “aquellos contribuyentes que no ingresaron al sinceramiento apostando a que el acuerdo no se convalidaba, tendrán una contingencia por los capitales no declarados, que supera el monto de los mismos por aplicación de la fórmula de incremento de patrimonio no justificado, más intereses, multas y además las penas de prisión”.
“Aquellos contribuyentes que ingresaron al sinceramiento en forma parcial no declarando una cuenta, además de la contingencia tendrán la penalidad de decaimiento de todos los beneficios de condonación que establecía el régimen”, indicó.
Iván Sasovsky dijo que el acuerdo con Estados Unidos se convertirá en un hito para la tributación internacional argentina, y en la herramienta más efectiva para combatir la evasión”.
Cabe recordar que Estados Unidos “no forma parte del acuerdo multilateral propuesto por la OCDE ni el país tiene la intención de participar en un futuro. Por ello es que resulta de vital importancia llegar a la entrada en vigor de un tratado bilateral; de lo contrario estamos ciegos frente al país más importante del mundo y sin tener ninguna herramienta para combatir la evasión fiscal de argentinos utilizando ese país”.
“Claramente, a partir de ahora el fisco podrá tomar como indicio de inicio de inspección cualquier dato recibido desde Estados Unidos, pero antes deberá contar con los recursos para depurar la información y sólo iniciar procesos en los que haya una probabilidad de evasión alta para evitar una pérdida de recursos”, concluyó.