La ANSeS, a través de la Resolución 45/2023, establece un incremento de los rangos de ingresos del grupo familiar(IGP) y de los montos de las asignaciones familiares a partir de marzo de 2023.
Recordamos que el organismo, mediante la Resolución 27/2023, oficializó el aumento por movilidad del 17,04% para jubilaciones, pensiones y asignaciones a partir de marzo de 2023.
Rangos de Ingresos del Grupo Familiar y montos de las Asignaciones Familiares
Recordemos que para el pago de estas asignaciones se toma en cuenta el “Ingreso del Grupo Familiar” (IGF) que consiste en la suma de todos los ingresos de los integrantes del grupo familiar, el cual se calcula con:
• las remuneraciones brutas y sumas no remunerativas declaradas por el empleador en el formulario 931 que presenta mensualmente en AFIP a los trabajadores en relación de dependencia, excluyendo las horas extras, el plus por zona desfavorable y el aguinaldo;
• más la Asignación Familiar por Maternidad / Maternidad Down (en caso de corresponder);
• más las rentas de referencia para trabajadores autónomos, monotributistas y servicio doméstico,
• más los haberes de jubilación y pensión,
• más el monto de la Prestación por Desempleo,
• más Planes Sociales,
• más las sumas originadas en Prestaciones Contributivas y/o No Contributivas de cualquier índole.
Los topes de ingreso vigentes, según la Resolución 45/2023, son:
Tope Máximo de Ingreso del Grupo Familiar: $ 808.124
Tope Máximo de cada integrante del Grupo Familiar: $ 404.062
Es decir que, si un integrante del grupo familiar percibe un importe superior a $404.062, se excluye del cobro de asignaciones familiares al grupo familiar, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el límite máximo de ingresos de $ 808.124. En tal sentido, recordamos que a través del Decreto 101/2023 se dispuso la medida de igualar el tope de ingresos para percibir las Asignaciones Familiares con el piso del Impuesto a las Ganancias.
Los nuevos rangos de ingresos del grupo familiar y los montos de las asignaciones familiares a partir de marzo, se encuentran disponibles en los siguientes Anexos de la Resolución (ANSeS) 45/2023. (www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/282209/20230307)
Fuente: información periodística – ANSES