Bienes Personales: las claves del proyecto que el senado convirtió en ley
– ¿Cuál es el nuevo mínimo no imponible?
El mínimo no imponible a partir del cual se paga el impuesto pasa de $2 millones a $6 millones.
Además, para la “casa-habitación”, la propiedad en la que vive el contribuyente, el tope para quedar exceptuada pasa de los $18 millones actuales a $30 millones.
– ¿Cuántas personas dejarían de pagar Bienes Personales?
Desde el Ministerio de Economía indicaron que con los cambios 131.000 contribuyentes dejarán de pagar Bienes Personales. Actualmente tributan alrededor de 1 millón de personas.
-¿Cómo quedan las alícuotas?
Quienes tienen un patrimonio por encima del mínimo no imponible de entre 0 y $3 millones pagarán una alícuota del 0,5%. Quienes tengan un excedente de entre $3 millones y $6,5 millones deberán pagar el 0,75%. Con un excedente de entre $6,5 y $18 millones, el impuesto es de 1%. Y con un extra de entre $18 y $100 millones se paga el 1,25 por ciento.
– ¿Quiénes pagarán más?
La alícuota para los patrimonios que superan los $100 millones, que son alrededor de 15.000 personas según informó la cartera que dirige Martín Guzmán, pagarán 1,5% en vez de 1,25%. Además, la alícuota aumenta a 1,75% para patrimonios mayores a $300 millones.
– ¿Qué pasará con los bienes en el exterior?
Cuando asumió Alberto Fernández se estableció una alícuota máxima de 2,25% para los bienes en el exterior. Ese adicional estaría vigente por dos años y luego se volvería al nivel precedente.
Primero el Gobierno intentó convertir ese recargo en permanente a través del proyecto de Presupuesto que naufragó la semana pasada en el Congreso.
Tras esa derrota, se optó por sumar ese cambio a este proyecto de Bienes Personales.
– ¿Cómo se actualizará el índice?
El proyecto incorpora un mecanismo de actualización anual y automática de los montos de los mínimos no imponibles del artículo 24 -general y especial para casa-habitación-, y de los montos de los tramos de las escalas de alícuotas del artículo 25, mediante el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC).
Esto implica que el índice se actualizará por inflación. Para el próximo período fiscal se tomará la variación entre octubre de 2022 y octubre de 2021.