La Resolución UIF N° 84/2023, que entró en vigencia el 1º de julio, actualiza los umbrales para los sectores de Seguros, Escribanos, Profesionales en Ciencias Económicas, Remesadoras de Fondos y Juegos de azar, entre otros, tomando como índice el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM).
Las modificaciones a la normativa se basan en la necesidad de ajustar los montos que establecía la Resolución UIF N° 50/2022 para una prevención eficaz del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo (LA/FT), con un enfoque basado en riesgo, de acuerdo a los estándares internacionales que promueve el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
La Resolución UIF N° 84/2023, que establece los umbrales a partir de los cuales los sujetos obligados a informar deben llevar adelante medidas de debida diligencia de sus clientes y reportes sistemáticos de operaciones, permitirá a los sujetos obligados gestionar más ágilmente los riesgos de LA/FT, en concordancia con los estándares internacionales.
De esta manera, se prevén actualizaciones semestrales, considerando el SMVM vigente al 31 de diciembre del año calendario anterior y al 30 de junio del año calendario corriente, según corresponda.
El SMVM actual indicado en la RESOL N° 5/2023 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación es de $87987.