Delimitar la superficie de los campos en Google Maps parece no ser la tarea de un contador, pero lo será a partir de la entrada en vigencia del cuestionado Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas (TIRE), desde el 31 de diciembre.
La normativa tenía como fecha de entrada en vigencia el mes de agosto, pero múltiples complicaciones, que parecen estar lejos de solucionarse para fin de año, retrasaron la medida. Uno de los problemas es: “La delimitación del polígono según la geoposición satelital, que en general expira la sesión hasta que uno logra ubicar las partidas”, parece, reiteramos, una actividad muy lejana a la contable, pero se trata de una de las herramientas que deberán aprender a manejar los profesionales en Ciencias Económicas.
No se entiende cual es el sentido de la carga de todos estos datos cuando ya se adjunta copia de la escritura, de la boleta de impuesto inmobiliario y del contrato de arrendamiento. FACPCE, que reúne a los Consejos de las 24 jurisdicciones del país, se dirigió al administrador federal de Ingresos Públicos, Alberto Abad, destacando que el registro requiere obligaciones de inscripción e incorporación digitalizada de escrituras y otra documentación de variada complejidad en su aplicación concreta, además de su régimen de información y las consiguientes penalidades que pueden derivar.
Una cuestión relevante consiste en tomar dimensión de la cantidad de establecimientos rurales a ser empadronados, ya que según datos publicados por la Bolsa de Cereales de Rosario en la recientemente finalizada campaña 2016-2017, se utilizaron con fines agrícolas algo más de 37 millones de hectáreas, por lo que teniendo en cuenta que esta actividad es desarrollada en su mayoría por productores pequeños o medianos hace que el número de sujetos obligados sea muy significativa.
Una ventaja
La implementación del Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas reduce la cantidad de trámites presenciales que deben hacer los ciudadanos, como inscripción o actualización de datos relativos a inmuebles rurales para el Registro Fiscal de Operadores de Granos y la presentación del Régimen Informativo de la resolución general 2820.