La polémica tarea de denunciar los delitos de acción pública y lavado de activos
02 Jun 2015.- Preocupa a los profesionales en ciencias económicas la implementación del renovado Código Procesal Penal que estará en plena vigencia durante 2016 y del cual se desprende una “polémica tarea” que es la obligación de denunciar los delitos de acción pública en los casos de fraude, evasión impositiva, lavado de activos, trata y explotación de personas.
La polémica orden a cumplir -que también alcanza a los escribanos- se encuentra establecida en el inciso “c” del artículo 204 del nuevo Código Procesal Penal.
El artículo agrega que la denuncia no será obligatoria si razonablemente pudiera acarrear la persecución penal propia, la del cónyuge, conviviente o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, o cuando los hechos hubieran sido conocidos bajo el secreto profesional”, expresaron.
La profesión contable, a través de la FAPCE, solicitó a las autoridades que se clarifique taxativamente en que situaciones corresponde realizar el reporte público a efectos de que se garantice el secreto profesional que es un principio básico en la actuación de los graduados.
Concentración de vencimientos
La asfixiante presión fiscal convive con una apretada agenda de vencimientos. Ello produce que muchos contribuyentes no lleguen a cumplir en tiempo con sus obligaciones para con el fisco. Falta certeza jurídica para delimitar si estas infracciones estarán alcanzadas por el régimen penal que regira el próximo año. En paralelo, a través del envío de una nota a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la entidad reclama una completa reformulación del esquema de vencimientos de las declaraciones juradas anuales en el Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales.
Más precisamentee, los profesionales solicitan que a partir del próximo año se unifique en junio los vencimientos generales de Ganancias y Bienes Personales (es decir, para las declaraciones juradas anuales correspondientes a 2015). Hoy por hoy se dan de manera escalonada, entre abril y mayo de cada año.
Maratón de vencimientos
Los contadores experimentan un cúmulo de tareas entre abril y mayo:
- Vencimientos anuales de Ganancias y Bienes Personales de personas físicas.
- Vencimientos anuales de Ganancias de personas jurídicas.
- Vencimientos anuales de Ganancia Mínima Presunta.
- Vencimiento del plan de pagos de la AFIP.
- Vencimiento del plan de pagos de DGR.
- Vencimiento del plan de pagos de la DIM.
Adicionalmente los Contadores deben asesorar sobre la implementación de la factura electrónica, el nuevo régimen de información de compras y ventas. y controlar la recategorización de los monotributistas.