Uno de los más graves problemas con los embargos es cuando se traban sobre todas las cuentas del contribuyente y los montos involucrados exceden en mucho el valor de la deuda con la AFIP. Ante las medidas de Embargo ordenadas en los juicios conocidos como “Embargos Múltiples” no solo se produce la inmovilización de las cuentas y falta de operatividad, con todas las consecuencias que esto acarrea.
Un inconveniente que se presenta es cuando se pretende regularizar un juicio teniendo fondos embargados, ya que no es posible hacerlo como en la mayoría de los planes de pagos anteriores, incluida la Moratoria última, por cuanto se debe solicitar que los fondos embargados sean transferidos a la AFIP y, luego que ésta los reciba, recién allí se podrá formular el plan de pago con las demoras de varios días y con las cuentas inmovilizadas.
La otra alternativa es abonar de contado, a cuenta de los impuestos adeudados, un importe igual o superior al valor de fondos retenidos por las Entidades Financieras. Siendo esto una pesada carga puesto que en ese momento se ha dispuesto fondos que pueden llegar a superar la deuda existente en la ejecución y no están liberadas las cuentas para continuar con la actividad normal de la empresa.