09 SET 2014 Sin prisa pero sin pausa, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanza en la implementación del mecanismo que calculará cuál será el monto del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que deberá pagar mensualmente cada contribuyente.
De acuerdo a la información a la que pudo acceder iProfesional, el fisco nacional profundizará el nivel de detalle sobre el precio y las cantidades vendidas que deben informar los responsables.
Expertos consultados por este medio destacaron que el camino elegido tiene como objetivo final la puesta en marcha de la declaración proforma del principal impuesto que alcanza al consumo.
En efecto, ya se encuentra en plena vigencia la obligación de declarar un código numérico, estandarizado y unívoco para cada bien o servicio facturado a través del régimen de comprobantes web. El mecanismo se potencia debido a que la reglamentación le permite al organismo recaudador incorporar al régimen a cada vez más responsables inscriptos en el IVA.
Detalles de la medida
Puntualmente, la reglamentación vigente obliga a detallar:
• La codificación del producto: los códigos a consignar responderán a la estructura provista por la Asociación Argentina de Codificación de Productos Comerciales correspondientes a la unidad de consumo minorista o presentación al consumidor final. El precio unitario asociado a los mismos siempre deberá ser mayor a cero.
• La unidad de referencia: cuando la comercialización de los productos se realice en presentaciones distintas a la unidad de consumo minorista o al consumidor final, en el campo “unidad de referencia” se deberá indicar la cantidad de unidades de consumo minorista contenidas en la presentación que se venden.
En el caso de que la mercadería ya se encuentre individualizada, tanto en el código como en el precio y unidad de medida, la referencia deberá ser igual a uno.
• Los códigos genéricos: cuando corresponda emitir comprobantes incluyendo conceptos distintos a los productos que conforman la operatoria comercial principal del contribuyente, deberán utilizarse los códigos de operaciones genéricas que estarán disponibles en la web de la AFIP. En el caso de entrega de material promocional y/o muestras, se deberá informar aquél correspondiente a “Ventas Varias”.
• Los códigos específicos: cuando el organismo de recaudación incorpore a contribuyentes cuya actividad amerite la asignación de códigos específicos para reflejar la comercialización y/o prestación de servicios, deberán utilizarse los correspondientes a operaciones específicas que estarán disponibles en la web del fisco.
Por su parte, el consultor tributario Alberto Romero aseguró que “las últimas acciones de la AFIP se dirigen hacia la implementación de la declaración jurada proforma en el IVA”.
“En otras palabras, en poco tiempo más, el fisco nacional le dirá a las empresas y a los particulares cuál es el monto del impuesto que deberán pagar mes a mes”, adelantó.
“Para ello, el organismo de recaudación estandarizó los códigos que se le deben asignar a los productos y servicios vendidos para así acelerar y potenciar sus tareas”, aseguró el experto.
Y concluyó: “De esta manera, de la mano de los códigos estandarizados, se agilizará el procesamiento de la información lo que permitirá contar con la declaración online de IVA de todos los contribuyentes al instante”.
Operaciones en la mira
A los efectos de dotar de transparencia a las operaciones comerciales de los contribuyentes, el organismo de recaudación fue incorporando paulatinamente nuevos sectores al régimen de “Factura Electrónica”.
Por último, hay que destacar también que se incorporaron más de 1.000 “grandes contribuyentes individuales” al régimen de factura electrónica.
/fuente: iprofesional.com