Por decisión del Poder Ejecutivo provincial se prorrogó el Régimen de Regularización de Deudas hasta el 30 de noviembre de 2023.
La prórroga comprende las deudas vencidas y exigibles al 30 de junio de 2023 de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, para la Salud Pública, Sellos, Inmobiliario, Automotores y Rodados, CISI – Comunas Rurales, Tasa al Uso Especial del Agua y la Tasa Retributiva de Servicios, incluyendo sus intereses, recargos y multas.
La solicitud de adhesión al régimen se realiza a través de la página web de Rentas utilizando el CUIT y la clave fiscal de la AFIP.
Las condiciones para ingresar son:
– Tener cumplidas y abonadas las obligaciones que vencen a partir del 1 de julio de 2023 y hasta las que vencen en el mes de acogimiento inclusive.
– En el caso de los Impuestos sobre Ingresos Brutos y Salud Pública, los anticipos 6 – 7 – 8 – 9 y 10/23.
– En el caso de los Impuestos Inmobiliario y los Automotores y Rodados, las cuotas 7 – 8 – 9 -10 y 11/2023.
Los beneficios que otorga el Régimen de Facilidades son:
- Bonificación del 100% de los intereses que se devengaron hasta el 31 de diciembre de 2020.
Por los intereses devengados a partir del 1 enero de 2021:
- Bonificación del 70% por pago de contado.
- Bonificación del 60% cuando la cantidad de pagos parciales para cancelar el plan no excedan del mes de junio del 2024.
- Bonificación del 50% cuando la cantidad de pagos parciales para cancelar el plan excedan del mes de junio del 2024.
Las solicitudes de los planes de pago efectuados en el mes de octubre deberán efectuar el primer pago parcial o pago de contado el 15 de diciembre.
Bocas de pago para los tributos en general:
– Banco Macro
– Banco Santiago del Estero
– Caja Popular de Ahorros
– Rapi Pago
– Pago Fácil
Pago virtual:
– Mediante los botones de pago disponibles en la web de Rentas con tarjeta de débito de cualquier banco.
Pago sin boletas:
– En Rapi Pago o Pago Fácil para el pago de Impuestos Inmobiliario y Automotores y Rodados, con la sola indicación del padrón o la patente del vehículo y la cuota que desee abonar.
Impuesto Inmobiliario, Impuesto a los Automotores y Rodados, Contribuciones que inciden sobre los inmuebles (CISI – Comunas Rurales):
– Bonificación del 8.33% en el pago de cada cuota que se efectúe mediante cesión de haberes en cuenta sueldo o débito automático en cuenta corriente/caja de ahorros de cualquier entidad bancaria.
Los contribuyentes podrán adherirse a los mencionados sistemas a través del sitio web de este organismo o, en el caso del débito automático, también concurriendo a la entidad bancaria con la que opera.
– Bonificación del 100% de la cuota 12 cuando el pago de las 11 primeras cuotas se efectúen a su respectivo vencimiento o hasta el último día hábil del mes calendario en que se produzca el vencimiento general de la cuota que se trate, más los intereses correspondientes.