La comisión de Jóvenes Profesionales de Ciencias Económicas de Tucumán se propuso desarrollar un análisis de los regímenes de Retención, Percepción y Recaudación bancaria del impuesto a los Ingresos Brutos existentes en nuestro País y las distorsiones ocasionadas por el abuso de los Fiscos Provinciales. Dicho trabajo fue presentado y expuesto en la última Reunión Nacional de Jóvenes FACPCE, llevada a cabo en la ciudad de Purmamarca, provincia de Jujuy.
Los fiscos de cada Provincia, en su afán de lograr el 100 % de recaudación hacen cada vez más complejo el sistema de tributación y cada vez más severos los castigos, en ciertos casos desmedidos y hasta incluso dejando de lado preceptos constitucionales, a aquellos que no cumplen con los que sus normativas establecen.
Problemas ocasionados con la recaudación
La incorporación masiva de Agentes de Percepción y Retención es uno de los principales instrumentos para asegurar la recaudación, cuya instauración se realiza ya sea fijando un umbral de Facturación Anual que en algunas provincias es tan bajo que proliferan los Agentes de recaudación, o designados por resolución de la Administración Provincial que no siempre son fundadas sino más bien arbitrarias.
Otra manera de la que todos los fiscos se valen para obligar a los contribuyentes a actuar como agentes de recaudación, es la aplicación de multas por omisión y defraudación elevadísimas, un exceso teniendo en cuenta que el agente es un responsable sustituto y solo debería ser responsable hasta el monto que debió haber retenido.
Si uno analiza las alícuotas se observa que el mismo deja de ser un instituto anticipatorio de la obligación fiscal pasando a ser el aseguramiento del ciento por ciento de la obligación. Otro mecanismo utilizado para recaudar la totalidad del impuesto determinado son las bases imponibles acrecentadas sin deducir el IVA o percepciones de otros impuestos.
Jurisdicción
La pretensión de ciertos fiscos es la de obligar a contribuyentes de otras jurisdicciones, donde tienen su administración, de actuar como agentes de retención de estos fiscos. Ante esto es concluyente que existe un exceso de las autonomías provinciales que no tiene antecedes y es necesario poner en marcha andamiajes legales para detener exacciones totalmente ilegales.
Propuestas
- Designación de agente no arbitraria, si no teniendo en cuenta la capacidad administrativa. Para ello excluir a las Pequeñas empresas que tengan certificado de Pyme vigente de dicha obligación.
- Permitir que el 1 % del total retenido/percibido se compute a cuenta de otro impuesto provincial.
- Aquellos designados como agentes no deben ser retenidos ni percibidos del impuesto.
- No retención/percepción/recaudación en otra jurisdicción si el contribuyente no está inscripto.
- Recupero de créditos a favor deben ser sin necesidad de inscribirse y vía online.
- Para aquellos contribuyentes en cuyas declaraciones juradas arrojen un saldo a favor igual o mayor al 20% del impuesto determinado durante tres períodos consecutivos, se le determine la exclusión de ser percibidos/retenidos/recaudados de manera automática por tres meses. Es decir que dicho análisis se realice de manera trimestral.
- Creación de un comité que verifique el cumplimiento de lo firmado en el Pacto Fiscal Titulo III inciso f, que establece que las provincias deben determinar un mecanismo de devolución automática al contribuyente del saldo a favor generado por retenciones y percepciones acumulado durante un plazo razonable.
- La devolución se realice reconociendo un interés similar al que las administraciones provinciales cobran por el ingreso tardío de las obligaciones fiscales.
- Creación de un Ente compuesto por representantes de todas las provincias electos democráticamente que controle las resoluciones emitidas por las administraciones públicas provinciales.