Contenidos
El día 03 de Octubre de 2013, en el salón de Jura de la Independencia de la Casa Histórica el CGCET suscribió conjuntamente con la totalidad de los Consejos y Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de la República Argentina un nuevo compromiso, que sustituye actualizándola a los nuevos tiempos a la denominada Acta de Catamarca firmada en el año 2002. Constituye un acuerdo muy importante que establece en el nuevo marco de las normas contables y de auditoría de la profesión argentina.
Por la nueva acta, el CGCET se compromete a:
A. Participar activamente en la discusión previa, emisión y difusión de las normas contables, de auditoría y otras, elaboradas y aprobadas por FACPCE.
A efectos de la difusión planteada, los Consejos Profesionales se comprometen a: 1) facilitar e incentivar el trabajo de las comisiones técnicas y de las secretarías técnicas; 2) fomentar la creación de comisiones técnicas asesoras; 3) fomentar la difusión entre los matriculados y su participación para recabar su opinión sobre los temas técnicos específicos; y 4) requerir, si lo consideran necesario, la participación de los miembros del CENCyA y/o del CECyT (o de los organismos que los reemplacen) para las tareas de difusión y aclaración.
B. Sancionar sin modificaciones las normas técnicas profesionales emitidas por la Junta de Gobierno de la FACPCE cuando la decisión corresponde directamente al Consejo Profesional.
La referida sanción debería efectuarse antes de la fecha de la siguiente Junta de Gobierno que las aprobó, excepto que disposiciones legales o reglamentarias vigentes en la jurisdicción obliguen a un Consejo Profesional a un plazo superior.
La fecha de entrada en vigencia debería ser la aprobada por la Junta de Gobierno, con una diferencia máxima de 180 días, excepto que disposiciones legales o reglamentarias vigentes en la jurisdicción obliguen a un Consejo Profesional a un plazo superior.
C. Participar activamente en la discusión y aprobación del plan de acción del CENCyA y del CECyT (o de los organismos que los reemplacen), pues éste debe basarse en el plan estratégico diseñado para la evolución de las normas profesionales en nuestro país, sobre la base del acápite II.5.- Estructura de las Normas Técnicas del Marco Referencial de las Normas Técnicas Profesionales, que forma parte de la Introducción de la presente.
D. Encomendar y acompañar a la Mesa Directiva en la realización de reuniones con los representantes de organismos públicos de control y otras Entidades interesadas en la información que proveen los estados contables, para:
a. explicar el plan de acción que están siguiendo los Consejos Profesionales a través de FACPCE tendiente a lograr la unificación de las normas profesionales y legales, y
b. invitarlos a suscribir un Anexo a este documento, ratificando el objetivo en el mismo sentido por parte de todos los actores.