La Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) relanzó el sistema online que le permitirá a las empresas y particulares consultar intimaciones y realizar los descargos pertinentes.
De esta manera, el fisco bonaerense potencia el sistema, que deben utilizar los contribuyentes a fin de constatar las citaciones, notificaciones, requerimientos o reclamos de pago que se les formulen en el marco de operativos vinculados con acciones masivas o especiales de verificación y control.
También se debe usar la nueva herramienta online para formular descargos contra las intimaciones recibidas.
Claves del sistema
En primer término, desde el organismo de recaudación de Buenos Aires aclararon que la aplicación informática denominada “Sistema Integral de Operativos y Descargos”, se encuentra disponible en la página web de ARBA, a través de la solapa “Notificaciones, intimaciones y descargos“.
La herramienta puede ser utilizada, incluso en aquellos casos en los cuales el sujeto interesado no posea una Clave de Identificación Tributaria (CIT). De no contar con una, podrán obtenerla mediante el procedimiento previsto en la página del fisco bonaerense.
“Puntualmente, las empresas y particulares pueden consultar las citaciones, notificaciones, requerimientos o intimaciones de pago y, en caso de corresponder, generar el descargo pertinente, remitiendo por la misma vía los datos que les sean requeridos por la aplicación informática”, precisaron desde ARBA.
Y agregaron que “pueden realizar una consulta histórica por sujeto u objeto involucrado en las citaciones, intimaciones, requerimientos y notificaciones cursadas”.
A fin de efectuar los descargos respectivos, los contribuyentes y responsables pueden remitir vía Internet los documentos adjuntos que se requieran, los cuales deberán encontrarse previamente comprimidos o “zippeados”.
Los interesados podrán imprimir un comprobante del trámite efectuado, para utilizarlo como constancia de la realización del mismo.
“En todos los casos, ARBA podrá requerir del interesado la presentación de documentación adicional que estime corresponder, a fin de efectuar una correcta evaluación del descargo formulado, informando oportunamente los avances en la evaluación del caso, hasta su finalización”, agrega la reformulada reglamentación.
“La denegatoria del descargo presentado, que se comunicará al presentante por las vías informáticas disponibles, será irrecurrible“, advierten desde el fisco de Buenos Aires.
La mira en los grandes contribuyentes
A la par de relanzar el sistema que les permite a los contribuyentes tener una mayor interacción, la Agencia de Recaudación bonaerense potenció el seguimiento online permanente que recae sobre los grandes contribuyentes e infractores.
La herramienta le permite controlar de manera inmediata la presentación en tiempo y forma de declaraciones juradas, la verificación de su contenido y la realización de múltiples cruces de datos, entre otras acciones.
El mecanismo online, que es instrumentado por los agentes bonaerenses, implanta un seguimiento que recae en los contribuyentes de Ingresos Brutos:
- Que hubieran declarado, con relación al ejercicio fiscal inmediato anterior, un monto del gravamen igual o superior a la suma de un millón de pesos.
- Para los cuales se hubieran detectado irregularidades o inconsistencias, ya sea de índole formal o material, en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de cualquiera de los tributos provinciales, independientemente del monto determinado en las respectivas liquidaciones.
Una vez detectados los infractores, ARBA debe comunicar la inclusión al referido régimen en el domicilio fiscal del contribuyente.
Recibida la notificación, éste debe ingresar en la página web del organismo e informar los datos de identificación personal y de contacto, los cuales serán utilizados al solo efecto de contar con una forma de contacto.
Asimismo, a través del sitio mencionado, se puede acceder a la información relativa a las acciones llevadas a cabo por el fisco bonaerense.
Respecto del detalle de acciones de control, el régimen posibilita a realizar las siguientes acciones:
- Verificación de la presentación en tiempo y forma de declaraciones juradas.
- Constatación de su contenido (ingresos declarados, alícuota, percepciones, retenciones y pagos a cuenta).
- Verificación del cumplimiento temporáneo de sus obligaciones de pago.
- Realización de cruces de datos y análisis de información suministrada por otros fiscos, organismos públicos, estatales y no estatales, mixtos o privados.
Detectada alguna irregularidad, ARBA inicia los siguientes mecanismos destinados a resguardar el eventual crédito fiscal incluyendo, entre otros:
- Comunicaciones, notificaciones, citaciones, intimaciones y/o requerimientos.
- Inclusión del contribuyente en las nóminas de deudores de tributos provinciales que periódicamente se publican.
- Procedimientos tendientes a inspeccionar la situación fiscal del mismo y/o determinar sus obligaciones.
- Intervención permanente, que implicará la realización de acciones de fiscalización destinadas a intervenir en aspectos económicos, contables e impositivos del establecimiento del contribuyente, que permita controlar su comportamiento tributario, como así también el de terceros vinculados económicamente con el mismo (proveedores, clientes, empleados), durante un plazo determinado.
- Procedimientos tendientes a sancionar las conductas cometidas, según el tipo infraccional en el que encuadren.
- Inicio y/o impulso de acciones judiciales tendientes al cobro de los importes que resulten adeudados, con posibilidad de efectivizar la traba de las medidas cautelares que resulten pertinentes.
- Formalización de denuncias penales en los términos de la Ley Penal Tributaria.
Sin embargo, en diálogo con iProfesional, expertos advirtieron sobre un problema que genera inquietud en las empresas bonaerenses que están alcanzadas por dichas fiscalizaciones.
La consultora tributaria Agustina O’Donnell explicó que “los aspectos relevantes vinculados al funcionamiento de este control, tales como cuál será el plazo de duración de la medida o de qué manera se llevará a cabo la intervención, son definidos a través de resoluciones internas, es decir, normas que no se dan a publicidad y que, por ende y en principio, el interesado no podrá objetar”.
En igual sentido, agregó que “la inclusión en el régimen implica el control -permanente e integral- online del comportamiento fiscal en la Provincia de Buenos Aires, tanto como contribuyente directo como en carácter de responsable, es decir, frente a los regímenes de retención y percepción”.
Sin dejar lugar a dudas, la experta explicó que “la intervención fiscal permanente se traduce en la facultad de ARBA de hacerlo en los aspectos económicos, contables e impositivos del establecimiento de modo de controlar su comportamiento fiscal como así también el de terceros vinculados económicamente con el mismo, durante un plazo determinado”.
“Frente a este nuevo régimen es de suma importancia evaluar la procedencia de las irregularidades e inconsistencias que, una vez detectadas, ARBA pone a consideración de los particulares y empresas para que se subsanen, toda vez que sean aceptadas o conformadas o una vez que quedan firmes por no haber sido impugnadas en tiempo y forma constituyen uno de los supuestos de aplicación del nuevo régimen de fiscalización permanente“, advirtió la tributarista.
“En el caso de los grandes contribuyentes, esos ajustes además pueden implicar la intervención del fisco bonaerense en la actividad de la empresa“, alertó O’Donnell.
/fuente: iprofesional.com