26 NOV 2014 El impuesto a las ganancias que pagan los trabajadores tiene este año un peso muy superior respecto de períodos anteriores: la falta de actualización del esquema en un período de alta inflación provoca que, a igual poder adquisitivo de los ingresos alcanzados, el fisco se quede con un porcentaje mucho más alto que antes. Como las subas salariales de este año no llegaron por lo general a compensar el alza de precios, en la práctica muchos asalariados tienen ingresos con menor poder de compra y con mayor presión impositiva que el año pasado. A eso se suma el efecto distorsivo del decreto 1242, de 2013, por el cual hoy pagan Ganancias personas que perciben menos que otras que no tributan.
Un informe elaborado por el Ieral, de la Fundación Mediterránea, indica que un asalariado soltero con una remuneración bruta de $ 21.000 mensuales, paga por Ganancias 9,7% de su ingreso bruto anual. Una eximición para el medio aguinaldo implicaría un alivio, pero aun así, el impuesto se llevaría 9,2% del sueldo, un nivel muy superior al de los años previos (el informe parte de datos de 1998). Esa excepción sobre el sueldo anual complementario es reclamada por sindicalistas como el titular de la Uocra, Gerardo Martínez, que ayer no escuchó de boca de la presidenta, Cristina Kirchner, más que un pedido de “comprensión” de los trabajadores respecto de las necesidades del fisco de recaudar recursos.
Según lo consignado por el Ieral, a quien tenía en 2013 un salario mensual promedio que, en términos de valor real (corregido por inflación), equivalía a $ 21.000 actuales, se le retuvo por Ganancias algo menos de 7 por ciento. Esa incidencia se fue elevando desde 2008, cuando, por los cambios entonces dispuestos, se había reducido. En 2001, por un sueldo de igual poder adquisitivo, se aportaba alrededor de 2 por ciento.
Los datos consignados corresponden a la incidencia efectiva del tributo. No se trata de la alícuota propiamente dicha, que está integrada por un monto fijo más un porcentaje sobre una parte del ingreso, y que varía en función del nivel salarial (según una escala que en 2013 perdió progresividad).
Para un empleado con un salario de $ 30.000 mensuales, casado y con dos hijos, la carga de este año es de 13,3%, prácticamente el doble que la de 2013, en tanto que si es un trabajador sin cargas de familia, el descuento llega a 17,1 por ciento.
La última modificación, la del decreto 1242, liberó de la carga a quienes entre enero y agosto de 2013 cobraron salarios o haberes jubilatorios brutos no mayores a $ 15.000. Ese parámetro no se modificó, sin importar lo que haya ocurrido después con el ingreso de esas personas, ya sea que hayan recibido recomposciones por inflación, o un aumento significativo debido a un ascenso laboral, o bien que se haya cobrado un monto importante en concepto de bono. En cambio, para quienes en el período de referencia ya cobraban algo más de $ 15.000 (aunque hoy perciban menos que algunos del grupo exento), la presión impositiva no deja de subir.
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