Declaran inconstitucional la aplicación de sellos a un 0 km comprado fuera de Tucumán.
La Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo hizo lugar a la acción de amparo promovida por Transporte Rocchia SRL contra la Provincia de Tucumán, y declaró la inconstitucionalidad de los decretos del Poder Ejecutivo y de las resoluciones de Rentas que gravaban las adquisiciones de automotores nuevos en otras jurisdicciones.
Una decisión judicial de alto perfil técnico dio un golpe a la arquitectura normativa que entre 2004 y finales de 2011 permitió al Gobierno obtener recursos a partir de autos 0 km comprados fuera de Tucumán. El fallo dictado en diciembre pasado por la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo declaró la inconstitucionalidad de (artículos de) decretos del Poder Ejecutivo (PE) y de la resolución de la Dirección General de Rentas (DGR) que gravaban con el impuesto de sellos a los actos de transmisión de dominio de automotores nuevos celebrados con concesionarios no inscriptos en la provincia como contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos.
La sentencia de los camaristas Ebe López Piossek y Sergio Gandur recayó en el juicio que en 2008 inició Transporte Rocchia SRL. Dicha empresa promovió una acción de amparo contra la Provincia de Tucumán para cuestionar las disposiciones que la obligaban a pagar $ 2.918,55 en concepto de sellos por la adquisición de una pick-up Toyota Hilux 0 km en una concesionaria de la Ciudad Autonóma de Buenos Aires (la normativa controvertida incluye los Decretos 4.271/3 y 4.586, firmados por el gobernador José Alperovich y Jorge Gustavo Jiménez, ministro de Economía, y la Resolución General 138/04 que rubricó Pablo Clavarino, director General de Rentas de la Provincia desde 2003). El letrado Carlos Cruzado Sánchez, apoderado de Transporte Rocchia SRL, declaró que su cliente había desembolsado $ 97.285,07 más IVA por la camioneta y que la delegación Concepción del Registro del Automotor le había exigido el abono del impuesto de sellos (3% sobre el precio de venta) para inscribir el vehículo.
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