Estimados Colegas, comunicamos que la A.F.I.P. informó que los Contribuyentes que hayan Incluido Deuda en Gestión Judicial en Planes de Facilidades de Pago, deben Presentar Obligatoriamente el F. 408 de Allanamiento a la Demanda en Carácter de Urgente a Fin de Evitar Embargos y la Caducidad del Plan.