ASESOR LEGAL – DR. PEDRO BAZAN – REMITE NOTA EN REFERENCIA A LAS ACTUACIONES JUDICIALES SOBRE RES. 4838/20: Se recibe mail en fecha 13/05/2021, del Asesor Legal del CGCET, remitiendo la nota que se detalla a continuación:
“…Demanda Impugnativa de Nulidad Expte N° 892/21:
La demanda, armada en base al modelo brindado desde FACPCE fue ingresada al sistema en fecha 31/03/2021 a hs. 14:45.
En fecha, 14/04/2021, salió el primer decreto ordenando una serie concatenada de diligencias.
a) Cumplimiento de obligaciones ley 6059 y pago de Tasa de Justicia.
Ello fue abonado y cumplido con escrito de fecha 23/04/2021, conforme comprobantes que adjunto al presente, de ley 6059 con mi tarjeta de Débito, dificultándose el pago de la tasa de Justicia Ley 23.898, que debió efectuarse con cajero humano en Banco Nación ante fallas del sistema de pago on-line, lo que fue concretado en Banco Nación por personal de Tesorería del Colegio.
b) Asimismo, se encuentra en proceso de trámite la comunicación a la Procuración del tesoro de la Nación en base al art 8° de la ley 25.344 y art 12 del decreto N° 1116/2000.
Posteriormente debe correrse vista al Fiscal federal para que se emita sobre la competencia.
c) Asimismo se ordena el trámite del diligenciamiento por oficio mediante plataforma digital DEOX a la AFIP a los efectos de que produzca el informe establecido por la ley 26.854, previo a emitirse sobre la cautelar.”