Sin Pymes esta provincia no resulta viable, las políticas que pueden practicarse para favorecer su desarrollo son amplias y abarcan distintos ámbitos.
Un aspecto esencial donde debe enfocarse la atención es en el tratamiento que la Dirección General de Rentas otorga a su trato con las pequeñas y medianas empresas. No en cuanto la presión fiscal genuina, que escapa al control de la repartición, por cuanto las alícuotas del gravamen deben ser establecidas por la Legislatura, no delegadas al Poder Ejecutivo, y corresponde sean debatidas por este Cuerpo elegido por el pueblo. Pero sí la presión fiscal indirecta que provoca el accionar de la Dirección, utilizando y aún abusando de sistemas de recaudación que exceden el marco fijado por el Cuerpo Legislativo.
Desde un punto de vista conceptual un impuesto de naturaleza mensual no debería tener sistemas de retenciones y percepciones generalizados. El impuesto a los ingresos brutos contradice toda la doctrina tributaria. Es un impuesto regresivo y distorsivo y las prácticas generadas por los sistemas de retención, percepción y recaudación profundizan sus aspectos negativos y hasta lo convierten en abusivo. Por ello resulta imprescindible que la administración fiscal simplifique la gestión administrativa de los impuestos y no transforme los sistemas de recaudación, percepción y retención en la base principal de su sistema fiscal.
Las Pymes tucumanas deben ser excluidas de la designación de agente de retención y percepción. Y la aplicación de estos sistemas debe ser un medio de recaudación y no, como parece en la actualidad tucumana, el fin último del proceso.