08 ABR 2015 Una instrucción de AFIP aplicó controles a las DJAS de servicios contratados en el exterior, que ahora pasan por revisión desde previsional hasta de lavado de dinero.
El Gobierno amplió las revisiones a las contrataciones de servicios del exterior y las Declaraciones Juradas Anticipadas de Servicios (DJAS) pasan desde hace un mes por controles de seguridad social y verificaciones impositivas sistémicas, y en su caso, son bloqueadas. Así se busca evitar fuga de divisas mediante operaciones fraguadas.
En todos los casos, la AFIP evalúa si corresponde la emisión de un Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS) por lavado de dinero ante la UIF.
Mediante la Instrucción General (IG) N´ 969/15 del 2 de marzo pasado, se establecen varios controles relacionados con las DJAS, los cuales serán efectuados por distintas dependencias de la AFIP, como subdirecciones de la DGI y la Dirección de la Seguridad Social, comentó Federico Schweizer, del estudio Harteneck, Quian, Teresa Gómez & Asociados.
La totalidad de las DJAS que se reciban en la AFIP serán categorizadas en estado “Oficializado” y se someterán a determinados controles, a través del sistema “Matriz DJAS” utilizando a tal fin los datos obrantes en las bases del organismo.
Cuando se detecten inconsistencias respecto del sujeto informante, se “observarán” las DJAS presentadas por el mismo, las que permanecerán bloqueadas hasta tanto se subsanen.
En caso contrario, las DJAS permanecerán en estado “Oficializado”. Mientras se encuentren en dicho estado, las áreas intervinientes, en función del conocimiento que posean de sus administrados, podrán cambiar su estado a “Observada”.
En aquellas DJAS que resulten observadas por la Dirección de Investigación Financiera, las áreas operativas podrán visualizar en la opción “otros”, la descripción del motivo que respalda dicha marca y las tareas de control a realizar sobre las mismas.
La condición de “Observada” implicará que el responsable se encuentre imposibilitado de utilizar dicha Declaración Jurada Anticipada, hasta tanto pase al estado “Salida”.
La Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social de la AFIP realiza controles sistémicos sobre los operadores comerciales que presentan tanto DJAI como DJAS, con el fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones previsionales.
En caso de encontrar inconsistencias, las DJA son “observadas” y permanecen bloqueadas hasta que subsanen las irregularidades.
En los controles de Seguridad Social se verifica si el importador es empleador, si esta inscripto como autónomo, y si en las DDJJ F931 (obligaciones de seguridad social) presentadas registra nómina de trabajadores.
Cuando las DJA son observadas, los operadores deben regularizar las inconsistencias previsionales o justificar su operatoria sin nómina en la dependencia de la AFIP donde se encuentran inscriptos, informaron en el organismo.
Los controles sistémicos que se realizan por matriz de control impositivo son los siguientes, según enumeró Schweizer:
– Antigüedad de inscripción en AFIP: el sistema verifica que el contribuyente posee una antigüedad mínima de inscripción en el Impuesto a las Ganancias. Se constata el domicilio fiscal de la empresa y sus directivos, así como la capacidad económico financiera de todos ellos para llevar a cabo el giro del negocio. Además se verifican las instalaciones con que cuenta la empresa para el desarrollo de la actividad. Y se solicita información sobre los proveedores del exterior y clientes locales con el objeto de validar la consistencia fiscal del negocio que se pretende efectuar.
– Relación Débito/Crédito Fiscal (saldo técnico de impuesto): las declaraciones juradas del IVA presentadas deberán arrojar una relación superior al promedio razonablemente esperado. La presunción se centra en la omisión de ventas o prestación de servicios y/o abultamiento de gastos.
– Relación Ventas/Giros al exterior: se controlará la razonabilidad de los giros al exterior por todo concepto con relación a las ventas declaradas en las declaraciones juradas del IVA. El contribuyente deberá justificar el origen de lo fondos girados al exterior y aportar los fundamentos por los cuales no se encuentran reflejados en las respectivas declaraciones impositivas.
– Relación Acreditaciones bancarias/Giros al exterior: se controlará la razonabilidad de los giros al exterior por todo concepto con relación a los movimientos registrados en sus cuentas bancarias.
– Relación Ventas/monto de DJAS solicitado: se verificará la magnitud de las ventas declaradas con relación a los importes solicitados en las DJAS presentadas. Se examinará la documentación aportada en la presentación de las DJAS, a fin de determinar si los ingresos declarados resultan suficientes para hacer frente a los pagos al exterior.
Fuente: El Cronista