20-ENE-2014 El 24 de enero vence el plazo para los CUIT terminados en 4.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AAfip) recordó que se encuentra en vigencia el plazo para tramitar el reempadronamiento de actividades económicas que desarrollan las empresas y particulares inscriptos ante el organismo.
El 24 de enero vence el plazo para los CUIT terminados en 4.
El nuevo Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) sustituyó al Nomenclador de Actividades – Formulario Nº 150”, a partir del 1 de noviembre del año pasado.
La Afip realizará de oficio la conversión automática de actividades, mediante un proceso centralizado, sobre la base de tablas de correspondencia. Para conocer los nuevos códigos de actividades registradas se debe ingresar al sitio web del organismo y acceder a “Consulta Conversión Automática de Actividades Económicas R.G.3537” o consultar el servicio “Sistema Registral”.
En el caso de que de la consulta surja que no se realizó la conversión automática del código de actividad, el contribuyente deberá empadronarse.
Los próximos vencimientos se escalonan de la siguiente manera:
Terminación de CUIT:
5. Hasta el día 7 de febrero de 2014, inclusive.
6. Hasta el día 21 de febrero de 2014, inclusive.
7. Hasta el día 7 de marzo de 2014, inclusive.
8. Hasta el día 21 de marzo de 2014, inclusive.
9. Hasta el día 31 de marzo de 2014, inclusive.
Aquellos que no cumplan con la obligación de empadronarse dentro de las fechas fijadas, tendrán las restricciones siguientes hasta que regularicen su situación:
. No podrán obtener la constancia de inscripción en el sitio “web”.
. No serán informados en el archivo “Condición Tributaria”, conforme a lo establecido en la Resolución General 1817 del 2005 que determina el procedimiento para la constancia de inscripción o consulta de la condición tributaria vía “Internet”.
. Imposibilidad de registrar operaciones “Registro de Operadores de Comercio Exterior”, a partir de la cero hora del día inmediato posterior al de la evaluación.
Fuente: Impulsosnegocios.com.