12 NOV 2014 La Corte Suprema de Justicia de la Nación avaló el reclamo de un jubilado en una causa sobre reajuste previsional, habilitando la posibilidad de que se pueda solicitar en la etapa de ejecución de la sentencia el ajuste de la Prestación Básica Universal, conocida como PBU y uno de los tres componentes de los que consta el haber jubilatorio.
Con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Zaffaroni, el máximo tribunal se basó en el caso “Quiroga, Carlos Alberto”, en el que también confirmó la recomposición de la Prestación Complementaria (PC), y de la Prestación Adicional por Permanencia (PAP), remitiéndose al precedente “Elliff”. Además, en la resolución se ratifica la movilidad por el período comprendido entre 2002 y 2006 de acuerdo al criterio surgido del fallo Badaro.
Lo central del fallo es el respaldo a los jubilados que se encuentran litigando con la ANSeS por reacomodamientos en sus haberes, que podrán exigir al ente previsional el ajuste del pago que reciben por la PBU. La finalidad de este componente, según la ANSeS, es “brindar una prestación uniforme a quienes hayan alcanzado la edad y hayan efectuado aportes en toda o gran parte de su vida activa, con independencia de las remuneraciones percibidas”. En la actualidad, esta suma fija que varía de acuerdo a la movilidad, se sitúa en los $ 1.526,75.
La Corte advierte, sin embargo, que para extender la solución prevista en la causa citada a la Prestación Básica Universal debía realizarse un examen en cada caso del impacto que la inmovilidad de ese componente había tenido sobre la totalidad de la jubilación inicial. Así, el Tribunal revoca la decisión de Cámara, “pero deja a salvo la posibilidad del jubilado de replantear la cuestión en la etapa de ejecución, si quedara acreditado un daño que hiciera procedente el reclamo”. En la Corte admitieron que el fallo puede generar el reclamo de más de 1000 jubilados que se encuentran con causas similares en el máximo tribunal.
Según Juan Luis Bour, economista de FIEL, lo que para muchos jubilados representará un “pedazo de haber actualizado”, para la ANSeS puede representar una “deuda contingente con una gran porción de los beneficiados”. Si bien admite que habrá que esperar a que se pongan en marcha este tipo de reclamos, considera que “aumentará el nivel de litigiosidad” y que puede significar un problema importante para la Administración que asuma después de 2015.
“Si hoy no alcanza la plata para pagar las jubilaciones, quien asuma en la ANSeS en los próximos años deberá inevitablemente implementar nuevos impuestos” para poder paliar la situación. Además, sostiene que decisiones de este estilo pueden acelerar “la crisis del sistema previsional”, que según creen en FIEL, podía entrar en colapso entre 2019 y 2020.
Martín Polo, economista jefe de la consultora Analítica, considera el fallo dictado como “una buena noticia” para los jubilados, que son los que más perdieron en relación a los índices de inflación de los últimos años. No obstante, cree también que la resolución puede causarle dolores de cabeza al ente previsional en el mediano plazo.
/fuente: cronista.com.ar