25 SEP 2014 La Cámara Comercial le ordenó a Telecom que suspenda el abono a un plan de telefonía y que cese con el descuento del tributo a un cliente, que por ser abogado no debía abonar el gravamen
En lo que constituye un nuevo freno al cobro del Impuesto sobre Ingresos Brutos a profesionales porteños, la Cámara Comercial le ordenó a Telecom que suspenda el abono a un plan de telefonía y que cese con el descuento del tributo a un cliente, que por ser abogado no debía abonar el gravamen
El Tribunal reconoció que, de lo contrario, el letrado debía seguir pagando un tributo del que estaba exento.
El fallo fue dictado en la causa “Romero, Reynaldo Julio c/ Telecom Personal S.A. s/ Medida Precautoria”, que se inició debido a que el actor se vio obligado a acudir a la justicia ante el silencio de la empresa ante su reclamo.
El abogado había solicitado “la inmediata baja de los abonos” aplicados a las líneas telefónicas de su propiedad, y el cede “en el descuento de Ingresos Brutos que aplican a la facturación y se proceda a rehacer las facturas”.
La medida autosatisfactiva fue desestimada en Primera Instancia, pero la Sala E de la Cámara Comercial revocó el pronunciamiento. Con el voto de los jueces Miguel Bargalló y Angel Sala, el Tribunal de Alzada concluyó que se daban los presupuestos para la procedencia de las medidas cautelares.
/fuente: iprofesional.com