14-ENE-2014 En respuesta a la gestiones realizadas por FACPCE ante la Unidad de Información Financiera, se emitió la Resolución UIF 3/14 en la que se establece que deberán reportar operaciones sospechosas los profesionales independientes matriculados que auditen los estados contables de entidades con un activo superior a los 10 millones de pesos (hasta ahora la suma se limitaba a 8 millones).
Asimismo, los sujetos obligados que operen entre sí deberán informar a través del sitio web de la UIF a todos aquellos clientes que no hubieran dado cumplimiento a alguna de las solicitudes formuladas por la UIF.
Mediante esta Resolución el Organismo también ajustó los plazos para la denuncia de sospechas sobre operaciones de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, por parte de los sujetos obligados. El plazo de Reporte de Operaciones Sospechosas de esos delitos se mantiene en 150 días corridos, si bien ahora se estableció que deberán informase a la UIF “todo hecho u operación sospechosos de lavado de activos dentro de los 30 días corridos, contados desde que los hubieren calificado como tales”.
El 08 de octubre de 2013, el Dr. Marcelo Camaño, Secretario General Ejecutivo de la UIF, había recibido en representación del Dr. José Sbatella, titular de la UIF, aa autoridades de nuestra Federación para tratar el tema.
/ fuente: facpce.org.ar