En respuesta a las gestiones realizadas por nuestra Federación, la Administración Federal de Ingresos Públicos emitió la Resolución General Nº 4733/2020 que, en su artículo 1°, modifica la Resolución General Nº 4.717, sustituyendo el último párrafo del artículo 43, por el siguiente:
“El estudio dispuesto por este artículo deberá estar certificado por profesional independiente contable o licenciado en economía con firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, colegio o entidad que ejerce el control de su matrícula.”