En caso incumplimientos los contribuyentes deberá emitir “comprobantes M” en lugar de comprobantes “A”.
Desde el 1 de octubre la AFIP realizará una serie de controles sistémicos y periódicos que recaerá sobre los contribuyentes que se encuentran inscriptos en el IVA. De no superar estos controles, la AFIP el contribuyente será sancionado y deberá emitir facturas “M” en lugar de las “A”.
La medida fue oficializada mediante la Resolución General 4132, publicada la semana pasada en el Boletñin Oficial.
La AFIP buscará inconsistencias en la relación entre los montos facturados y la capacidad técnico-económica para realizar las prestaciones de servicios y/o ventas de bienes. También, se verificarán irregularidades o incumplimientos vinculados a las obligaciones fiscales.
Los 12 controles que hará la AFIP:
1. Relación montos de facturación/personal declarado/actividad/es declarada/s.
2. Relación montos de facturación/acreditaciones bancarias.
3. Relación montos de facturación/bienes registrables.
4. Relación montos de facturación/pagos de impuestos realizados.
5. Calificación asignada por el sistema informático denominado “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)”.
6. Información de terceros.
7. Falta de presentación de declaraciones juradas determinativas.
8. Falta de presentación del régimen informativo de compras y ventas (CITI).
9. Relación inconsistente entre el débito fiscal y el crédito fiscal del impuesto al valor agregado.
10. Diferencias relevantes entre el débito fiscal declarado en el impuesto al valor agregado y débito fiscal facturado en forma electrónica.
11. Inconsistencias en el/los domicilio/s declarado/s.
12. Antigüedad como empleador.