El 16/12/22 FACPCE publicó la Resolución JG N° 608/22 aprobada en reunión de Junta de Gobierno realizada en Tucumán el 02 de Diciembre de 2022, la cual determina los montos que se deben considerar para aplicar los párrafos 6 y 7 de la RT N° 54 “Normas Contables Profesionales: Norma Unificada Argentina de Contabilidad” a fin de calificar una entidad como Entidad Pequeña y Entidad Mediana.
Entidad Pequeña: se considerará que una entidad califica como Entidad Pequeña si en el ejercicio inmediato anterior hubiera obtenido ingresos por un monto de hasta seiscientos cincuenta millones de pesos ($650.000.000).
Entidad Mediana: se considerará que una entidad califica como Entidad Mediana siempre que en el ejercicio inmediato anterior hubiera obtenido ingresos:
- superiores a seiscientos cincuenta millones de pesos ($650.000.000) y
- menores o iguales a los tres mil doscientos cincuenta millones de pesos ($3.250.000.000).
Los montos están expresados en poder adquisitivo del mes de octubre de 2022 y serán actualizados mensualmente por el coeficiente que refleje la variación del índice de precios FACPCE.
Subcomisión de Contabilidad y Auditoría del CGCET