La Unidad de Información Financiera (UIF), a través de la resolución 71/2024 actualiza los umbrales respecto de operaciones sobre automotores, fijando la obligación de definir un perfil de cliente cuando la operación sea por un monto anual igual o superior a la suma de $60.000.000.
Además, ante la derogación de la normativa que regulaba las cédulas de identificación para autorizados a conducir por parte de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios mediante la Disposición N° 29/2024 de la Dirección Técnico-registral y RUDAC a cargo de la Dirección Nacional de los Registros nacionales de la propiedad del automotor y de créditos prendarios (B.O. 13/05/2024), la Resolución UIF 71/2024 elimina la obligación de reporte sistemático de expedición de cédulas azules prevista en el artículo 26 de la Resolución UIF 127/2012 y modificatorias.
Descripción | Umbral nuevo | Umbral anterior |
Perfil Cliente. Automotores (Resol. 127/2012 art. 16) | $ 60.000.000 | $ 26.036.545 |
Expedición de cedulas azules (Resol. 127/2012 art. 26) | Derogado por Disposición 29/2024 | $10.125.967 |
Cesión y/o reinscripción y/o cancelación anticipada de prendas (Resol. 127/2012 art. 26) | $ 26.000.000 | $12.802.953 |
Adquisición automotores (Resol. 127/2012 art. 26) | $ 26.000.000 | $11.522.654 |
Compraventa de automotores. Perfil de cliente (Resol. 489/2013 art. 11 inc. b) | $ 60.000.000 | $ 26.036.545 |
Asimismo la Disposición 29/2024 derogó la “Expedición de Cédula de Identificación para Autorizado a Conducir” por lo cual se procede a la eliminación de la obligación de reporte sistemático de expedición de cédulas azules.
Vigencia: 15-5-2024