A través de la Res. Gral. AFIP 2168, luego modificada por la Res. Gral. AFIP 2820, se estableció que los sujetos obligados a inscribirse en el “Registro de Operaciones Inmobiliarias” cuando asuman el carácter de locador, arrendador, cedente o similar en determinadas operaciones deberán cumplir con el régimen de información de operaciones inmobiliarias.
Recordemos que el régimen de información es aplicable para operaciones de locación de bienes inmuebles, incluidos leasing, por cuenta propia o con intervención de los intermediarios, sublocaciones y subarriendos, locación de espacios o superficies fijas o móviles delimitados dentro de bienes inmuebles por cuenta propia o por cuenta y orden de terceros, y la cesión de derechos reales y/o cesiones o contratos que impliquen derechos de uso a título oneroso sobre inmuebles.
Ahora se prorroga la entrada en vigencia para el 1° de julio de 2015 y se considera cumplida en término hasta el 31 de agosto de 2015 la presentación de la información respecto de dichos contratos y/o cesiones celebrados con anterioridad al 1° de julio de 2015.
Fuente: CGCET