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¿Qué es el fondo solidario?
El Fondo Solidario a través de la Secretaría de Servicios Sociales, otorgará beneficios en carácter de subsidios y/o ayuda económica, en forma directa a los beneficiarios que cumplan con los requisitos y condiciones vigentes, de acuerdo a lo establecido en este reglamento y sus anexos y/o los que se dicten en el futuro y de conformidad con las normas de procedimiento administrativo actual.
Quiénes son beneficiarios?
- Los profesionales inscriptos en las matrículas de un Consejo Profesional en Ciencias Económicas que se adhiera a este Fondo.
- Los profesionales actualmente jubilados y/o pensionados y los que se jubilen en adelante siempre que se inscriban especialmente en los registros que habiliten los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y cumplan con las demás exigencias que estos impongan.
- Los empleados de los Consejos Profesionales adheridos y de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, mientras mantengan su relación de empleo y opten por su inclusión.
- Los integrantes del grupo familiar primario de los mismos. A estos efectos, se considera grupo familiar primario al cónyuge o conviviente y los hijos, hijas, hijastros e hijastras solteros de hasta 25 años de edad, inclusive.
- Los menores puestos legalmente bajo la guarda del beneficiario titular, mientras dure la tutela.
- Los incluidos en el incisos a) y b) precedentes mayores de edad que se encuentren discapacitados física o psíquicamente en los términos de la ley 22431, sus modificatorias y complementarias o la norma que en el futuro la reemplace, mientras mantengan su discapacidad y se hallen a cargo del beneficiario directo.
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