A través de la Resolución 998/21, se dispuso que las entidades tendrán tiempo hasta el 31 de octubre de 2021 para realizar la primera presentación. Se incorporó como cláusula transitoria a continuación del artículo 4° el siguiente texto: “Aquellas Mutuales y Cooperativas cuyos ejercicios hubieran cerrado entre los meses de diciembre de 2020 y marzo de 2021, inclusive, podrán dar cumplimiento a la presentación de los informes socioeconómicos previstos en los artículos 2°, hasta el 31 de octubre de 2021, inclusive.”
A su vez, se modificó el artículo 2° de la mencionada resolución, con el objeto de aclarar que el Anexo III se encuentra comprendido como de presentación obligatoria respecto de los ejercicios que se cierren desde el 1 de diciembre de 2021 en adelante, para todas las mutuales y cooperativas, con excepción de las Cooperativas de Trabajo.