Les informamos que en el día de hoy se ha consignado correctamente en el servicio Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos (SCT), el diferimiento de los vencimientos de las obligaciones establecido oportunamente mediante la RG AFIP 5422 para todos los trabajadores autónomos.
Nuestra Federación Argentina de Graduados en Cs Económicas, había llevado a cabo una reunión el día 23 de noviembre del corriente, con la Subsecretaria de Ingresos Públicos Dra CP Claudia Balestrini y luego de ello, se recibió la opinión de la Dirección Nacional de Impuestos interpretativa de la RG AFIP 5422 y de la Res del Ministerio de Economía 1416/2023, por la que se entiende que el beneficio encomendado en los términos del literal ii) del inciso c) del artículo 1° de la Resolución (ME) N° 1.416/23, está dirigido a todos los trabajadores “autónomos”.