Disposición GCP – SRT 3/2023. Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales. Se establece el valor de la suma fija a partir del devengado del mes de marzo de 2023
ARTÍCULO 1°.- Establécese que el valor de la suma fija prevista en el artículo 5° del Decreto N° 590 de fecha 30 de junio de 1997 y sus modificatorias y normativa complementaria, calculada conforme lo dispuesto en el artículo 2° de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.) N° 649 de fecha 13 de junio de 2022, será de PESOS DOSCIENTOS ($ 200) para el devengado del mes de marzo de 2023.
ARTÍCULO 2°.- La nueva suma determinada en el artículo precedente se abonará a partir del mes de abril de 2023.