El Fondo Solidario de Salud, a través de la Secretaría de Servicios Sociales de la FACPCE, se utiliza exclusivamente para dar beneficios con carácter de subsidio y en forma complementaria a la Obra Social, Sistema de Salud o similar que posea el Afiliado o su Grupo Familiar, hasta un monto o porcentaje máximo fijado para cada prestación.
Son beneficiarlos directos del Fondo Solidario de Salud:
- a) Los profesionales inscriptos en las matrículas de un Consejo Profesional en Ciencias Económicas que se adhiera a este Fondo.
- b) Los profesionales actualmente jubilados y/o pensionados y los que se jubilen en adelante siempre que se inscriban especialmente en los registros que habiliten los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y cumplan con las demás exigencias que estos impongan.
- c) Los empleados de los Consejos Profesionales adheridos y de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, mientras mantengan su relación de empleo y opten por su inclusión.
Los servicios especiales que pueden ser atendidos son transplantes e implantes, tratamientos oncológicos alternativos, fertilización asistida, prótesis, cirugía endoscópica de columna, PET (Tomografía por emisión de positrones) subsidios oftalmológicos y accidentes de tránsito