Con La publicación de la Resolución General (DIM) Nº 02/2025, se establecieron los parámetros para realizar la Categorización correspondiente al año 2025 en el Tributo Económico Municipal (TEM).
Esta categorización es obligatoria realizarla hasta la presentación de la Declaración Jurada del TEM del período Enero de 2025 a fin de que esté grabada la Categoría correspondiente al año en curso.
Tener en cuenta que esta obligación anual se puede hacer a través del Servicio “Trámites Adicionales – Tributo Económico Municipal – Categorizaciones” que se ingresa con clave fiscal de ARCA (ex AFIP). La excepción, es decir, deben hacerlo por presentación presencial, los contribuyentes que tengan como actividad que presenten mínimos especiales a declarar como por ejemplo las Playas de Estacionamiento y Hoteles.
A continuación, adjunto un resumen de los parámetros a tener en cuenta para la Categorización
Año 2025 junto con los importes mínimos a pagar de cada categoría.