El C.D. del Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Tucumán aprobó el 14-04-2015 como norma profesional de aplicación obligatoria en la jurisdicción de la Provincia de Tucumán la espera norma contable para entes pequeños, es decir, RT Nº 41 “NORMAS CONTABLES PROFESIONALES DESARROLLO DE CUESTIONES DE APLICACIÓN GENERAL: Aspectos de Reconocimiento y Medición para Entes Pequeños” de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.
Corresponde destacar que esta norma, que es la que generó el mayor debate previo a su sanción en la historia contable argentina, constituye sin ninguna duda, un importante logro para el 90% de los entes que presentan sus Estados Contables, y los profesionales en ciencias económicas, debido a que logra articular la calidad de la información a suministrar con el nivel de recurso y exigencia de información de los entes en cuestión.
La vigencia en su aplicación obligatoria es para los ejercicios iniciados a partir del 01 de Julio de 2015, permitiendo su aplicación anticipada para los ejercicios iniciados a partir del 01 de Enero de 2014.
La posibilidad de su aplicación anticipada constituye una oportunidad de gran importancia debido a las importantes simplificaciones que trae la norma para los Entes Pequeños. Sin duda, la RT 41 responde a la calidad suficiente para que permitiera la elaboración de información contable que sirviera a los usuarios para la toma de sus decisiones, con una razonable relación de costo-beneficio.
¿Cuál es el contenido de la nueva Resolución?
La resolución técnica está conformada por cinco secciones: Alcance; Normas generales; Presentación; Criterios de medición contable de activos, pasivos y patrimonio neto. Cuantificación de resultados y Aplicación Además, para hacer más entendible la misma cuenta con tres anexos:
Anexo I “Conceptos y guías de aplicación” de los términos utilizados en forma reiterada en el cuerpo de la norma, Anexo II “Temas tratados en otra norma”, Anexo III “Aspectos de presentación para los EP”.
¿Quién pueden emplearlas?
Esta norma podrá aplicarse para la preparación de estados contables de aquellos entes que califican como Entes pequeños (EP), con o sin fines de lucro y cualesquiera sean los períodos por ellos cubiertos.
Se consideran EP aquellos que:
- a) no estén alcanzados por la Ley de Entidades Financieras o realicen
operaciones de capitalización, ahorro o en cualquier forma requieran dinero o valores del público con promesa de prestaciones o beneficios futuros;
- b) no sean entes aseguradores bajo el control de la Superintendencia de
Seguros de la Nación;
- c) no superen el monto de ingresos en el ejercicio anual anterior de
quince millones de pesos ($ 15.000.000). Este importe será reexpresado tomando como base diciembre de 2014;
- d) no sean sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria o
de economía mixta; o
- e) no se trate de una sociedad controlante de, o controlada por, otra
sociedad excluida por los incisos anteriores.
Se destaca la redacción simple y amigable, comprendida por cualquier persona que se encuentra vinculada al mundo de los negocios, además de normas claras en materia de determinación del costo de ventas, la opción segregación de componentes financieros implícitos, valor recuperable, contabilización del impuesto a las ganancias y normas de exposición, entre las más relevantes.
Puede descargar el archivo PDF de la RT 41 del siguiente link: RESOLUCIÓN TÉCNICA Nº41
El CGCET ha organizado una Jornada de Capacitación para el día Lunes 20 de Abril de 2015 de 17:30 a 21:30 a cargo del destacado conferencista Cr.
Domingo Mario Marchese. Ud. puede inscribirse por www.cgcetucuman.org.ar (link autogestión)
Fuente: CGCET.