Informamos a toda la matrícula que el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Tucumán se adhirió a la demanda colectiva y solicitó se haga extensiva la medida cautelar dictada en autos “CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS CABA Y OTROS c/ EN-AFIP-LEY 20628 23966 s/AMPARO LEY 16.986”, como se informó oportunamente.
En dicho proceso, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 12, resolvió Admitir (…) la medida cautelar peticionada y, en consecuencia, prorrogar los vencimientos establecidos por la AFIP-DGI para la presentación y pago de las declaraciones juradas determinativas del impuesto a las ganancias -incluyendo el impuesto cedular- y del impuesto sobre los bienes personales del Período Fiscal 2021 de las personas humanas dispuestos mediante la Resolución General Nro. 5192/2022 hasta el 12 de Julio en adelante.
En la fecha, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 12 resolvió que corresponde determinar que la clase del presente proceso colectivo está conformada por los/las profesionales matriculados/as en nuestro Colegio y por lo tanto estamos amparados en las fechas de vencimiento comprendidos desde el 12 de Julio en Adelante.
Este fallo, en interpretación de la AFIP, solo aplica a las DDJJ propias de los matriculados nuestro Colegio y de aquellos contribuyentes a los que estos representan formalmente ante AFIP y de ninguna manera para todo el universo de contribuyentes.
Sin duda alguna, la posición del fisco afecta los principios de igualdad y equidad ante la Ley del resto de los contribuyentes que según el fisco no se encuentran comprendidos por lo que entendemos que se producirán novedades en el corto plazo.
La tutela reconocida mantendrá su vigencia hasta el 12 de julio de 2022 -inclusive- o hasta que se dicte sentencia definitiva, según la circunstancia que ocurra en primer término.
En cumplimiento a la sentencia del día de la fecha se pública la misma.
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