La UIF está realizando un nuevo Requerimiento de Solicitud de Información a los Sujetos Obligados – Profesionales en Cs. Económicas para datos de períodos intermedios. El plazo de evaluación alcanza desde el 1 de julio de 2022 al 30 de junio de 2023.
La Ley 25.246 incorpora en el Capítulo II a la UIF (Unidad de Información Financiera) como organismo de investigación en la materia y en su art. 20, inc. 17, a los profesionales en Ciencias Económicas matriculados como “sujetos obligados”.
La Resolución 65/2011 de la UIF sobre ENCUBRIMIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO, establece en su Art. 2 pto. e) que se entenderá por sujeto obligado a los profesionales independientes matriculados cuyas actividades estén reguladas por los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, que actuando individualmente o bajo la forma de Asociaciones Profesionales realicen las actividades de:
- Auditoría de estados contables
- Sindicatura Societaria
Cuando dichas actividades se brindan a las siguientes entidades:
A- A las enunciadas en el artículo 20 de Ley 25.246 y modificatorias o;
B- Las que no estando enunciadas en dicho artículo, según los estados contables auditados:
i) posean un activo superior a $ 120.000.000 o;
ii) hayan duplicado su activo o sus ventas en el término de 1 año, de acuerdo a la información proveniente de los estados contables auditados.
A partir de esa inscripción, el profesional debe elaborar un manual de control interno, capacitar al personal, llevar un registro de los Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) e implementar tecnología adecuada.
Material
El Dr. (CP) Leonardo Perrone, compartió material con las pantallas para dar cumplimiento al requerimiento de datos realizado por la UIF.
Solicitud-Info-UIF-SRO-Profesionales-Cs-Econ-periodo-7-22-a-6-23-vto-3-11-2023