La ley orgánica de tribunales sancionada en 1908, se refería a los contadores en una de las enumeraciones de su título XVIII, De los peritos en general, que comprendía los artículos 214 a 218.Establecía que todo el que quisiera desempeñar las funciones de perito ante los tribunales, debería obtener el correspondiente título profesional, cuando éste fuere requerido por las leyes, o rendir examen de suficiencia ante la Corte Suprema , de acuerdo con la reglamentación y condiciones que dicho Tribunal fijara, además de inscribirse en la matrícula y prestar fianza. Los informes que los jueces solicitaran de oficio en el desempeño de sus funciones, serían expedidos por los médicos, químicos, intérpretes, contadores y calígrafos oficiales, o que figuren en la respectiva matrícula. Se los asimilaba a los procuradores en el tema de los honorarios.
Naturalmente este régimen legal no había incorporado la jerarquización profesional que se venía abriendo paso claramente y los contadores distaban de estar conformes con el mismo.
Corría el año 1922, cuando se dispusieron a actuar respecto de este problema, y en grupo, como gremio, resucitando aquella idea de nucleamiento que había dado lugar, al efímero Centro de Contadores de 1904.
En el tema que nos interesa, era evidente la influencia que los títulos expedidos por la Escuela de Comercio iba teniendo en lo que se refería a la situación de la profesión de contador en el medio. Ya no se trataba de simples idóneos, hechos en la práctica, sino de personas que habían cursado estudios y contaban con titulo otorgado por una institución nacional. La urgencia de que esa jerarquización se reflejara en el ordenamiento legal de la profesión, hizo que, al promedia el mes de agosto de ese año 1922, los contadores, determinaran reunirse, en la Escuela de Comercio, que dirigía a la sazón el profesor Jorge Walter Perkins.
El vespertino El Orden haría la crónica de esa reunión efectuada el 13 de Agosto , y de la cual salió formado el Colegio de Contadores de Tucumán, entidad defensiva de los intereses de la carrera, y al mismo tiempo, de carácter cultural, la describía el diario.
Los estatutos fueron presentados al Gobierno el 25 de Octubre de 1922, acompañando la solicitud de otorgamiento de la personería jurídica. Tras el dictamen favorable del Fiscal de Gobierno e Inspector de Sociedades, el 24 de enero de 1923 se emitió el decreto del Poder Ejecutivo aprobándolos y concediendo la personería con efecto retroactivoal día de su fundación. Firmaba el gobernador de la provincia, Octavio S.Vera, y el ministro de Gobierno doctor Celedonio Gutiérrez. ….”