19 ENE 2015 Se recuerda que el próximo martes 20 de enero de 2015 vence el plazo para que los monotributistas realicen la recategorización cuatrimestral. Dicha recategorización consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados de los últimos 12 meses, juntamente con la superficie afectada a la actividad al 31 de diciembre de 2014. Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentra, el contribuyente deberá proceder a recategorizarse. Por el contrario, de no registrar cambio alguno, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no deberá realizar ningún trámite.
En ese orden, se hace saber que el trámite de recategorización se realiza en forma exclusiva con Clave Fiscal, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gov.ar), ingresando al servicio “Monotributo” y luego seleccionar la opción denominada “Recategorización”.
Por otra parte, del 26 al 30 de enero próximo vence el plazo para que los monotributistas que se hallen encuadrados en la Categoría F en adelante, o aquellos que revistan la calidad de empleadores (cualquiera sea la categoría), presenten la declaración jurada informativa correspondiente al tercer cuatrimestre de 2014, conforme lo establecido en el art. 5 de la RG AFIP N° 2888.
Fuente: CGCET